Obligaciones del Contratante a partir del 1 de Julio de 2025
La normativa laboral en Colombia está experimentando importantes cambios, y uno de los más significativos es la implementación de la Ley 2381 de 2024. Esta ley, vigente desde el 1 de julio de 2025, establece un procedimiento que obliga a los contratantes a asumir el pago de la seguridad social de los trabajadores vinculados bajo contratos de prestación de servicios. Este artículo tiene como objetivo desglosar las implicaciones de esta nueva norma, las obligaciones del contratante, el procedimiento operativo, las sanciones por incumplimiento y los beneficios y desventajas para empleados y empleadores.
Introducción
A partir del 1 de julio de 2025, la Ley 2381 de 2024 impone nuevas responsabilidades a los empleadores y contratantes al exigirles gestionar y asumir el pago de la seguridad social de los contratistas. Esta normativa busca garantizar una mayor protección social para los trabajadores vinculados a través de contratos de prestación de servicios y fomentar la formalización laboral en Colombia. A continuación, analizaremos las obligaciones específicas que recaen sobre los contratantes y cómo deben adaptarse a este nuevo escenario.
1. Obligaciones del Contratante
1.1. Pago de Aportes Obligatorios y Voluntarios
Los contratantes deberán asumir la responsabilidad del pago de los aportes obligatorios a la seguridad social. Esta obligación incluye:
- Aportes Obligatorios: Deben descontarse de los honorarios del contratista, incluyendo:
- Salud: 12.5% sobre la base de cotización.
- Pensión: Entre 16% y 25%, dependiendo del régimen de pensiones (Régimen de Prima Media o Régimen de Ahorro Individual).
- Aportes Voluntarios: Si el contratista lo autoriza por escrito, el contratante podrá gestionar el descuento de cotizaciones adicionales que aumenten la cobertura en pensión.
1.2. Liquidación y Pago
Los contratantes tienen la obligación de liquidar y pagar los aportes mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). Los pagos deben realizarse en los plazos estipulados por el Gobierno Nacional para asegurar la afiliación continua de los contratistas.
1.3. Responsabilidad Total del Contratante
Es importante destacar que el contratante será responsable de la totalidad de los aportes, independientemente de que se realicen los descuentos al contratista. En caso de incumplimiento, se enfrentarán sanciones legales y económicas que afectan la operatividad de la empresa.
1.4. Reporte de Novedades Laborales
El contratante deberá mantener actualizada toda la información respecto a los contratistas en el sistema, incluyendo:
- Cambios en la base de cotización.
- Vinculaciones, retiros o modificaciones en el contrato.
Además, deben informar a las entidades correspondientes sobre cualquier novedad que afecte la afiliación o cobertura del contratista.
1.5. Facilitación de Información sobre Fondos de Pensión
Al contratar, es obligación del contratante proporcionar información clara sobre la elección del fondo de pensiones, respetando siempre la decisión del trabajador. No está permitido hacer cambios en la afiliación del contratista sin su consentimiento expreso.
1.6. Garantizar Derechos y Obligaciones
Los contratantes tienen el deber de informar a los contratistas sobre sus derechos, obligaciones y garantías dentro del Sistema General de Seguridad Social.
2. Procedimiento Operativo
Para cumplir con las obligaciones establecidas, se definirá un procedimiento claro que debe seguirse:
2.1. Descuento de Honorarios
El contratante debe calcular los aportes obligatorios a salud y pensión sobre el 40% del valor bruto de los honorarios, considerando como base mínima de cotización este porcentaje.
2.2. Liquidación en la PILA
Se deberá realizar el pago en la PILA, asegurándose de que todos los datos del contratista y del periodo correspondiente estén correctos y actualizados.
2.3. Entrega de Soportes
Es fundamental que los contratantes proporcionen al contratista los soportes de pago de los aportes a la seguridad social. Esta práctica garantiza transparencia y cumplimiento de las obligaciones legales.
3. Sanciones por Incumplimiento
Los contratantes que no cumplan con las nuevas regulaciones enfrentarán diversas consecuencias, que incluyen:
- Multas Económicas: La falta de pago de los aportes obligatorios puede acarrear sanciones financieras por parte de las autoridades competentes.
- Pérdida de Beneficios Tributarios: Las empresas que no realicen los pagos correspondientes al contratista pueden perder beneficios tributarios asignados por la ley.
- Sanciones Adicionales: Las entidades de control pueden imponer sanciones adicionales que afecten la reputación y operativa del contratante.
4. Implicaciones para el Contratante y el Contratista
La implementación de esta nueva normatividad genera implicaciones significativas tanto para los contratantes como para los contratistas:
4.1. Contratante
- Carga Administrativa: Las empresas deberán ajustar sus sistemas de gestión y personal para asumir las nuevas obligaciones. Esto incluye capacitar al equipo encargado de la gestión de nómina y seguridad social.
- Costos Asociados: Aunque los aportes son descontados de los honorarios del contratista, la gestión administrativa implicará costos adicionales para las empresas, que deberán ser considerados en su planificación financiera.
4.2. Contratista
- Garantía de Cobertura: A partir de la implementación de esta ley, los contratistas se beneficiarán de la afiliación y cotización a los sistemas de salud y pensión, lo que mejora su protección social.
- Información Clara: Los contratistas deberán recibir información detallada sobre cómo se manejan sus aportes y sus derechos dentro del sistema de seguridad social, lo que les permitirá tomar decisiones informadas sobre su futuro financiero.
5. Beneficios y Desventajas de la Nueva Normativa
Para ofrecer una visión más completa, es importante analizar los beneficios y desventajas que esta nueva normativa ofrece tanto para empleadores como para empleados.
5.1. Beneficios
Para el Contratante:
- Responsabilidad Formal: La normativa otorga claridad y formalidad a la relación laboral, asegurando que los contratistas están cubiertos bajo un sistema de protección social.
- Mejora en la Imagen Corporativa: Cumplir con las obligaciones de seguridad social puede mejorar la reputación de la empresa en el mercado, al mostrar compromiso con el bienestar de los trabajadores.
Para el Contratista:
- Protección Social: Los contratistas obtendrán seguridad en salud y pensión, lo que les brinda una red de protección en caso de enfermedad o retiro.
- Prevención de Abusos: La regulación promueve un trato más justo y equitativo hacia los trabajadores independientes, ya que se formalizan sus derechos.
5.2. Desventajas
Para el Contratante:
- Aumento de Carga Administrativa: Las empresas deben invertir en personal y sistemas para gestionar el cumplimiento de las nuevas obligaciones, lo que puede generar costos operativos elevados.
- Sanciones por Incumplimiento: La falta de cumplimiento puede resultar en fuertes sanciones, lo que añade un riesgo financiero.
Para el Contratista:
- Deducciones en Honorarios: Los contratistas verán el impacto en sus honorarios, ya que se realizarán los descuentos de seguridad social, lo que podría reducir su ingreso neto.
- Dependencia de la Gestión del Contratante: Su acceso a los beneficios de la seguridad social dependerá de la correcta gestión por parte del contratante, lo que puede ser un riesgo si la empresa no cumple con sus obligaciones.
6. Resumen de los Cambios Clave
A continuación, se presentan los cambios más relevantes establecidos por la Ley 2381 de 2024:
- Inicio de Vigencia: 1 de julio de 2025.
- Base de Cotización: 40% del valor bruto de los honorarios.
- Aportes Obligatorios: Salud (12.5%) y pensión (16%-25%).
- Responsabilidad del Contratante: Total, incluso si no se aplican los descuentos correspondientes al contratista.
- Mecanismo de Pago: A través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
Conclusión
La Ley 2381 de 2024 representa un paso vital hacia la formalización y protección social de los trabajadores independientes
en Colombia. A partir del 1 de julio de 2025, los contratantes deberán estar completamente preparados para gestionar y asumir el pago de la seguridad social de los contratistas vinculados mediante contratos de prestación de servicios. Este cambio exigirá adaptaciones operativas y administrativas por parte de las empresas, asegurando al mismo tiempo una mayor protección para los trabajadores independientes.
Con esta nueva normativa, Mc Alliance se compromete a asesorar y apoyar a las empresas en la implementación de los procesos necesarios para garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales relacionadas con la seguridad social en la contratación de servicios. Entender y adaptarse a estas regulaciones no solo es una necesidad legal, sino también una oportunidad para construir un entorno laboral más justo y equitativo.
Invitamos a todos los contratantes y contratistas a informarse sobre estas nuevas disposiciones y a tomar las acciones necesarias para asegurar un cumplimiento efectivo de la ley. La transparencia y el respeto hacia los derechos de los trabajadores son fundamentales para el desarrollo de un ambiente laboral saludable y sostenible.
Si eres un contratante y necesitas ayuda para adaptarte a estas nuevas obligaciones o si eres un contratista que busca más información sobre cómo estas regulaciones te afectan, no dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo en Mc Alliance. Estamos aquí para ofrecerte la orientación y apoyo que necesitas para asegurar el éxito en este nuevo panorama laboral.




